Los miembros de la Junta Directiva se eligen cada dos años tal como estipulan los Estatutos de la entidad, de forma democrática en Asamblea General entre las familias socias de la asociación que, voluntariamente, se quieran presentar a los cargos.
Los cargos de la Junta Directiva tienen carácter gratuito, según el Artículo 28 de los Estatutos, sin percibir retribución alguna por el desempeño de su función.
Velan por el cumplimiento estatutario de la entidad y por la buena gestión de los programas y proyectos que se llevan a cabo.
